Derechos fundamentales laborales inespecíficos a la intimidad y al secreto de las comunicaciones. especialreferenciaaluso delcorreo electrónico, a propósito de la sentencia casatoria laboral peruana, de 10 de marzo de 2017

Autores/as

Rebeca Karina Aparicio Aldana
Universidad San Ignacio de Loyola image/svg+xml
https://orcid.org/0000-0002-7145-3731 (no autenticado)

Sinopsis

El desarrollo de nuevas tecnologías ha provocado un cambio profundo en la forma de obtener y difundir información en todos los sectores sociales. El uso de plataformas virtuales en el trabajo supone un avance significativo para agilizarlo, abaratar costos, tener acceso rápido a información y al intercambio de ideas y opiniones lo que permite mejorar la eficacia y eficiencia de la empresa.

Ello, sin embargo, genera una serie de problemas jurídicos, más aún cuando no existe en el Perú una regulación expresa que disponga la adecuada conducta de los trabajadores y empleadores al respecto1 . De ahí que este trabajo se detenga en determinar cuál es el alcance jurídico legítimo del uso de una de estas nuevas tecnologías en las relaciones laborales: el correo electrónico, utilizando como estrategia para ello el análisis de la sentencia casatoria N° 14614 – 2016 – Lima, de 10 de marzo de 2017.

Biografía del autor/a

Rebeca Karina Aparicio Aldana, Universidad San Ignacio de Loyola

https://orcid.org/0000-0002-7145-3731

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Doctora (cum laude) en Derecho y Máster en Derecho del Trabajo y la Seguridad Social de la Universidad Rey Juan Carlos (Madrid-España); Máster en Derecho, con mención en Derecho Constitucional, y Abogada por la Universidad de Piura (Perú); Licenciada en Derecho (Título homologado) Universidad de Alcalá (España). Profesora de Derecho Laboral Especial de la Universidad San Ignacio de Loyola.

Publicado

enero 30, 2019

ISSN en línea

2744-8568

Licencia

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